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Penalidad de S/ 3,1 millones impuesta al Consorcio Machupicchu desde 2002 hasta ahora no se puede cobrar

Penalidad de S/ 3,1 millones impuesta al Consorcio Machupicchu desde 2002 hasta ahora no se puede cobrar

Por incumplir contrato del hotel de turistas

El Informe de Orientación de Oficio N.° 008-2025-OCI/0482- SOO, emitido el 22 de julio de 2025, revela que el cobro de una penalidad de 1000 UIT, equivalente a S/ 3 100 000, impuesta al Consorcio de Empresas de Servicios Turísticos Machupicchu – Imperio de los Incas, continúa suspendido por la falta de un convenio de colaboración entre la Sociedad de Beneficencia del Cus- co (SBC) y la Municipalidad Provincial del Cusco (MPC).

Según el documento de control, la sanción fue impuesta en el 2002 debido al incumplimiento de obligaciones contractuales por parte del consorcio, tras obtener la concesión del Hotel de Turistas del Cusco. La reconsideración presentada por la empresa ese mismo año fue declarada infundada, confirmando la penalidad de 1000 UIT.

Años después, en el 2017, la SBC solicitó a la MPC ejecutar el cobro de la multa mediante un procedimiento de ejecución coactiva. El proceso se inició, pero en el 2021 el consorcio interpuso una revisión judicial, lo que suspendió automáticamente la tramitación. El caso fue finalmente archivado en diciembre de 2024, una vez que la Corte Suprema confirmó la validez de la sanción.

Concluido el proceso judicial, la MPC retomó las acciones de cobro en abril de 2025, otorgando un plazo de siete días al consorcio para pagar la penalidad bajo apercibimiento de embargo. Sin embargo, la empresa solicitó la nulidad del procedimiento, argumentando que la SBC no es parte de la estructura municipal, lo que llevó a la MPC a suspender temporalmente la ejecución coactiva.

La ejecutora coactiva recomendó entonces la suscripción de un convenio interinstitucional entre la SBC y la MPC para poder continuar con la cobranza, recomendación contenida en un informe interno de abril de 2025. Hasta la fecha, dicho convenio no se ha concretado.

De acuerdo con la carta emitida por la Procuraduría Pública Municipal Ad Hoc el 17 de julio de 2025, el procedimiento sigue suspendido a la espera de este convenio, lo que impide aplicar medidas cautelares y el cobro efectivo de la penalidad.

El informe concluye que esta situación afecta los intereses económicos de la SBC y el cumplimiento de sus fines institucionales, recomendando al titular de la entidad adoptar acciones preventivas y correctivas, además de informar al Órgano de Control Institucional en un plazo máximo de cinco días hábiles sobre las medidas que se tomen al respecto.

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