La Contraloría General de la República emitió el Informe de Orientación de Oficio Nº 008-2026-OCI/5688-SOO, advirtiendose presuntos cobros irregulares por servicios de trámites, certificados, servicios inter consulta y otros, que afectaron a pacientes por S/ 56 017, 82.
Se determinó el uso de un Tarifario Institucional que no está aprobado por la autoridad sanitaria competente, responsabilidad que recae sobre la Gerencia Regional de Salud Cusco.
Este documento interno en cuestionamiento fue aprobado de forma unilateral mediante la Resolución Directoral n.° 245-2024-HAL/UGRH con fecha del 16 de julio de 2024. Dicho acto administrativo formal fue emitido y firmado de manera directa por el entonces Director Ejecutivo de la entidad hospitalaria, Dennis Fernando Mendoza Gamarra.
El hallazgo documentado por el OCI establece de manera explícita que la aplicación del tarifario no regulado genera consecuencias directas contra los ciudadanos. La situación observada ocasiona el riesgo inminente de vulnerar el patrimonio de los administrados mediante cobros indebidos. Al carecer del visto bueno del ente rector sectorial a nivel regional, los montos exigidos a las personas que acuden al establecimiento carecen de amparo legal y técnico, abriendo la posibilidad de cobros arbitrarios por servicios de salud.
La evaluación del «Tarifario Institucional para el Ejercicio 2024» permitió a los auditores identificar un perjuicio potencial total de S/ 56 017,82 integrado por conceptos ajenos a los procedimientos médicos estándar autorizados.
El reporte desglosa en su Cuadro N° 2 las tarifas cobradas por el hospital bajo la denominación de «Trámite Administrativo», «Certificados e Informes» y «Capacitación». Entre las actividades específicas observadas y sus costos individuales en soles se encuentran:
Formulario Único de Trámite (FUT): S/ 3,00 (Estado: Activo).
Bases Concurso de Personal y Bases Proceso de Selección: S/ 20,00 cada uno.
Constancia de Certificado de Defunción y Constancia de Nacimiento (Duplicado): S/ 30,00 cada uno.
Derecho de Morgue y Bolsa de Cadáveres: S/ 15,00 cada uno.
Certificado médico: S/ 12,00.
Informe Médico Emitido por la Dirección del Hospital + FUT: S/ 23,00.
Duplicado de Carnet de atención: S/ 2,00.
Pasantía de Extranjeros por mes: S/ 500,00.
Rotación de Medicina Especializada por mes: S/ 300,00.
En lo que respecta al monto de S/ 52 318,22 por servicios no codificados, el Cuadro N° 3 y la continuación del tarifario detallan procedimientos que carecen de códigos estándar de identificación médica obligatoria. El listado incluye tarifas institucionales exactas como:
Consultas: S/ 10,00.
Tópico consulta externa y emergencia: S/ 138,50.
Hospitalización Cuidados Intensivos: S/ 325,00.
Hospitalización Cuidados Intensivos en Neonatología: S/ 730,00.
Instalación de catéter venoso central con catéter temporal: S/ 300,00.
Oncología: S/ 8 656,72.
Cirugía urología y procedimientos especiales: S/ 6 300,00.
Neurocirugía: S/ 2 000,00.
Preparados galénicos: S/ 837,00.
Preparados de nutrición parenteral: S/ 1 290,00.
El documento resalta la vulneración al Texto Único Ordenado de la Ley n.° 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General), aprobado por Decreto Supremo n.° 006-2026-JUS, publicado el 30 de abril de 2026 y vigente desde el 1 de mayo de 2026. La Contraloría cita el Artículo IV (Principio de Legalidad) y recuerda de forma expresa que, según el artículo 154 de dicha norma, el Formulario Único de Trámite (FUT) es de libre reproducción y distribución gratuita, por lo que el cobro de S/ 3,00 impuesto por el hospital carece completamente de sustento legal.
El informe de la Contraloría revela que el Hospital Antonio Lorena del Cusco aplicó de manera irregular un tarifario interno que carece de validez legal por no contar con la aprobación obligatoria de la Gerencia Regional de Salud, generando el riesgo inminente de cobros indebidos a los usuarios por un total de S/ 56 017,82. Esta falta de legalidad se tradujo en un desorden administrativo y técnico donde el nosocomio ignoró el catálogo oficial del Ministerio de Salud (Minsa), omitiendo los códigos estándar de identificación médica y alterando los nombres de consultas y cirugías especiales por un valor de S/ 52 318,22. Asimismo, el establecimiento vulneró las leyes nacionales vigentes al imponer tarifas a trámites administrativos de libre reproducción, destacando el cobro ilegal de S/ 3,00 por el Formulario Único de Trámite (FUT), un documento que por norma expresa del Estado debe ser de distribución completamente gratuita.


