ONPE resolvió tener por no comunicada la modalidad de Elecciones Primarias de dicha organización en el marco de las Elecciones Primarias de las organizaciones políticas en el ámbito de las Elecciones Regionales y Municipales
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) resolvió tener por no comunicada la modalidad de elecciones primarias del partido político PRIN, tras no subsanar observaciones dentro del plazo establecido en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026. Según la Resolución Gerencial N.° 000129-2026-GOECOR/ONPE, la organización política había informado que aplicaría la modalidad de delegados para sus elecciones internas.
Sin embargo, el documento presentado no cumplía con los requisitos formales exigidos, como la firma del personero legal y el envío de información complementaria necesaria para el registro correspondiente. La ONPE notificó estas observaciones mediante comunicaciones oficiales emitidas el 15 y 26 de marzo de 2026, otorgando un plazo de dos días hábiles para su subsanación. No obstante, el partido no corrigió los errores dentro del tiempo estipulado ni presentó la documentación adicional requerida.
De acuerdo con la normativa vigente, específicamente el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N.° 27444), cuando un administrado no subsana observaciones en el plazo otorgado, la entidad puede considerar la solicitud como no presentada. En este caso, la ONPE aplicó dicho criterio, dejando sin efecto la comunicación realizada por el partido PRIN. Este procedimiento forma parte del cronograma electoral aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que establece como fecha límite el 16 de febrero de 2026 para que las organizaciones políticas informen sobre la modalidad de sus elecciones primarias.
Estas elecciones internas son un requisito clave para la participación en los comicios regionales y municipales programados para el 4 de octubre de 2026. La resolución también dispone notificar al partido involucrado y comunicar la decisión al Jurado Nacional de Elecciones y al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), así como su publicación en los canales oficiales de la ONPE.







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