El tribunal electoral declaró improcedente la lista del partido tras detectar que cinco de sus postulantes no participaron en las elecciones primarias obligatorias. La sanción es de carácter insubsanable y deja a la organización fuera de la contienda
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Cusco declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de la organización política «Progresemos» para el Concejo Distrital de Santiago, con miras a las Elecciones Regionales y Municipales 2026. La decisión se fundamenta en la detección de graves infracciones a las normas de democracia interna, al haberse pretendido incorporar a cinco ciudadanos que no participaron en las elecciones primarias obligatorias ni como candidatos titulares ni como candidatos para eventual reemplazo.
De acuerdo con la Resolución N° 01253-2026-JEE-CSCO/JNE, el partido político presentó un escrito de «Fe de Erratas» y cartas de renuncia con el objetivo de modificar sustancialmente la conformación de la lista resultante del proceso de elecciones primarias. El tribunal electoral desestimó este recurso, precisando que una fe de erratas está reservada exclusivamente para subsanar errores de transcripción o materiales, y no puede ser utilizada como un mecanismo para sustituir discrecionalmente a los postulantes elegidos por la voluntad partidaria.
MANIOBRA INDEBIDA
Entre las modificaciones presentadas, un caso generado mayor controversia en el ámbito político local es la postulación del ciudadano Villygran Licona Loayza, quien pretendía ser inscrito en la tercera posición de regidores para el distrito de Santiago, en reemplazo del candidato original Ciriaco Villacorta Villacorta.
Licona Loayza se desempeña actualmente como regidor de la Municipalidad Provincial del Cusco. Su intento de incorporación a una lista distrital mediante esta vía puede ser calificado como un acto indebido, toda vez que pretendía acceder a una postulación vulnerando el marco normativo de las elecciones primarias y eludiendo los canales democráticos de selección interna exigidos por la Ley de Organizaciones Políticas y el Jurado Nacional de Elecciones.
SANCIÓN INSUBSANABLE
El JEE de Cusco enfatizó que la normativa electoral únicamente faculta el reemplazo de postulantes definitivos por aquellos que participaron en las primarias bajo la condición formal de «candidatos para eventual reemplazo». En el caso de «Progresemos», el único ciudadano habilitado bajo esta modalidad era Juan José Churata Sucno, quien no fue incluido en la solicitud final de inscripción.
«Admitir la inscripción de una lista integrada por personas distintas de aquellas consignadas en dichos documentos oficiales implicaría desconocer el resultado oficial de las elecciones primarias y desnaturalizar el mecanismo de democracia interna», señala la resolución del JEE Cusco.
Debido a que el cumplimiento de la participación en las elecciones primarias constituye un requisito legal de carácter insubsanable que afecta a la lista en su conjunto, la autoridad electoral resolvió denegar la inscripción, dejando a la referida organización política fuera de la contienda para la alcaldía distrital de Santiago.







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