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PJ confirmó detención preventiva contra Vladimir Cerrón por presunta organización criminal y lavado de activos

PJ confirmó detención preventiva contra Vladimir Cerrón por presunta organización criminal y lavado de activos

El Poder Judicial confirmó el mandato de prisión preventiva por 24 meses contra el prófugo líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, por los presuntos delitos de organización criminal y lavado de activos, en el marco del proceso que se le sigue por supuesto financiamiento ilícito de su partido y otros delitos.

La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró infundado el recurso de apelación presentado por la defensa de Cerrón Rojas para que se varíe el mandato de prisión preventiva por comparecencia con restricciones y confirmó la medida contra el ahora candidato presidencial, en todos sus extremos.

La defensa del imputado señalaba que se había realizado «una incorrecta valoración de los elementos probatorios» para determinar la prisión preventiva, y que no se había considerado resoluciones judiciales que declaraban «sobreseimiento» por el presunto delito de lavado de activos ni tampoco una pericia contable de julio de 2021 «que arroja ausencia de desbalance patrimonial».

No obstante, la sala penal determinó que «no es posible restar fortaleza al material probatorio que sostiene los fundados y graves elementos de convicción de la prisión preventiva, pese a que el sobreseimiento en el otro caso versa sobre un periodo que también se corresponde en parte con el periodo objeto de investigación en el presente caso».

«Asimismo, se debe considerar que el periodo no coincide en su totalidad, pues en el periodo investigado en el presente caso es el 2008 al 2021, mientras que el caso sobreseído mediante Resolución N.º 4, del 26 de junio del 2025, es por el periodo 2007 al 2017, lo que implica una diferencia de cuatro años», señaló la judicatura.

«En suma, todo lo expuesto conlleva a considerar que la Resolución N.º 6, del 04 de diciembre del 2025, no ha caído en ningún vicio de motivación aparente y ha valorado adecuadamente los elementos traídos a debate por la defensa técnica, desestimándolos con una fundamentación pertinente, toda vez que se trataron de elementos que no cumplían con el requisito de novedad o no resultaron ser suficientes para subvertir el carácter grave y fundado de todos los otros elementos de convicción que sostienen la prisión preventiva.

En consecuencia, corresponde confirmar la resolución venida en grado en todos sus extremos», concluyó la sala.

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