La norma precisa criterios técnicos y legales para asegurar que los recursos del BTC se destinen exclusivamente a la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural
El Ministerio de Cultura presentó un nuevo marco para ordenar el uso de los recursos del Boleto Turístico de Cusco (BTC). La medida se consolida mediante la Resolución Ministerial N° 000350- 2025-MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano.
El documento fija criterios claros para evaluar inversiones y actividades financiadas con los ingresos del BTC, un instrumento que otorga acceso temporal a zonas arqueológicas, museos y espacios históricos del patrimonio cultural nacional. La decisión busca reforzar el control sobre el destino de los fondos obtenidos por la venta del boleto. Estos recursos deben servir para la conservación y el acondicionamiento de los bienes culturales incluidos en los circuitos turísticos del Cusco.
Las municipalidades responsables de estos espacios deben sustentar sus proyectos ante el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. En el texto oficial se recuerda que “si los ingresos fueran utilizados para fines distintos a los dispuestos, se iniciarán las acciones legales que correspondan”, una advertencia que marca el énfasis en la supervisión estatal.
El BTC se define como un documento personal e intransferible que permite el ingreso temporal a monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos administrados por el sector Cultura en el departamento de Cusco. De acuerdo con la normativa, los recursos recaudados se destinan a funciones municipales vinculadas con la protección, conservación, restauración y puesta en valor de los bienes culturales presentes en su jurisdicción, siempre bajo aprobación del órgano competente del ministerio.
Lineamientos para la evaluación y supervisión del BTC
El texto aprobado recibe el nombre de “Lineamientos para la evaluación y supervisión de inversiones y/o actividades con financiamiento de los recursos del Boleto Turístico de Cusco”. Su objetivo principal consiste en establecer reglas para revisar y supervisar los proyectos que utilicen dichos fondos.
La Dirección de Gestión de Monumentos impulsó la propuesta luego de un proceso de análisis técnico sustentado en informes de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco. La resolución recuerda el marco legal que respalda el BTC. La Ley N° 28719 permite la creación de boletos turísticos en distintos departamentos del país y define la distribución de los ingresos obtenidos por el acceso a zonas arqueológicas y museos de propiedad pública.
El Reglamento de dicha ley establece que el BTC forma parte de los circuitos turísticos del Cusco y confirma que su uso solo se justifica con fines de conservación y acondicionamiento cultural.







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