¡Lo que faltaba!
El congresista de Alianza para el Progreso, Alejandro Soto, presentó un proyecto de ley que propone que, si el presidente de la República no promulga una ley dentro de los 15 días establecidos, sea el presidente del Congreso quien, en un plazo de dos días posteriores, pueda promulgarla. Esta iniciativa surge en medio de las críticas al Gobierno por observar el proyecto que restituye la detención preliminar dentro del plazo permitido.
«Si no se tiene observaciones, el presidente de la República promulga la ley, ordenando su publicación. Si vencido el término de quince días, el presidente de la República no promulga la proposición de ley enviada, la promulga el presidente del Congreso, dentro del plazo de dos días calendario posteriores al vencimiento del plazo antes mencionado. El diario oficial procede a su publicación de forma inmediata en edición extraordinaria, de ser el caso», se lee en el proyecto.
Es importante resaltar que todo esto se da a consecuencia de la decisión del Congreso que decidió eliminar la detención preliminar en casos de no flagrancia que fue promulgado sin observaciones por Dina Boluarte el pasado 12 de diciembre; sin embargo, dos días después, el 14 de diciembre pasadas las 2 de la mañana, el Parlamento retrocedió ante los cuestionamientos y aprobó restablecer la detención preliminar.
Las modificaciones que ha sugerido el Poder Ejecutivo tiene que ser remitidas a la Comisión de Justicia, presidida por el legislador Isaac Mita del partido Perú Libre, ahora, como el Congreso se encuentra en receso, este grupo parlamentario deberá realizar una sesión extraordinaria para evaluar el caso. Caso contrario, se tendría que esperar a la siguiente legislatura para que pueda atender las observaciones, o sea se esperaría hasta el mes de marzo para ser promulgada la ley de detención preliminar.







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