No se les investigará a nivel penal, hasta que comisión formada por Delia Espinoza se pronuncie
Con el argumento de evitar diferencias de criterios al aplicar la Ley 32330, la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco acordó que los adolescentes de 16 años no sean investigados por despachos penales, sino por los de familia, hasta nuevo aviso.
En sesión dirigida por su presidente José Mayorga Zárate, advirtieron “criterios contradictorios respecto a qué Fiscal debe asumir las investigaciones seguidas contra los adolescentes de dieciséis y menores de dieciocho años, como sujetos imputables dentro del Sistema Penal, generando inseguridad jurídica y retrasos innecesarios”.
Norma procesal
Reconocieron que, si bien el artículo 1° de la referida norma modifica el artículo 20° del Código Penal, en el que se atribuye responsabilidad penal a los menores de edad de ese rango que cometan actos violentos, las normas les permiten esta decisión.
“Ello no implica que deban ser investigados por los Fiscales Penales, puesto que únicamente nos encontramos ante la modificación de la norma sustantiva y no así la norma procesal”, añadieron.
Recordaron que el veinte de agosto último la entonces fiscal de la nación, Delia Espinoza, formó el “Grupo de trabajo institucional encargado de elaborar lineamientos para la aplicación de la Ley 32330”.
“En tanto dicha comisión no emita los lineamientos definitivos, corresponde adoptar medidas transitorias que garanticen una pronta administración de justicia y la correcta aplicación de la ley, en atención a la Convención de los Derechos del Niño que prescribe el Interés superior del niño”, concluyen.







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