El Juzgado Constitucional desestimó el pedido que pretendía paralizar los efectos de la acusación constitucional por los presuntos delitos de rebelión y conspiración.
El Poder Judicial, a través de la Corte Superior de Justicia de Lima, emitió una resolución definitiva declarando improcedente la solicitud de medida cautelar interpuesta por la defensa técnica del parlamentario y exministro de Comercio Exterior y Turismo, Roberto Sánchez Palomino.
El recurso legal pretendía que la judicatura constitucional ordenara al Congreso de la República la suspensión temporal e inmediata de todos los efectos legales y administrativos derivados de la acusación constitucional que pesa sobre él. Como se recuerda, el exmiembro del gabinete ministerial del expresidente Pedro Castillo es procesado por el Ministerio Público bajo los presuntos cargos de coautoría en los delitos de rebelión y conspiración en agravio del Estado.
Fundamentos judiciales del rechazo
En la argumentación del fallo, el magistrado a cargo de la causa determinó que la solicitud presentada carece de los presupuestos jurídicos concurrentes que exige la ley de la materia, específicamente la apariencia de buen derecho (fumus boni iuris) y la urgencia acreditada de un daño irreparable (periculum in mora).
La resolución detalla que el proceso parlamentario de antejuicio político que dio origen a la acusación constitucional se ejecutó dentro de las facultades exclusivas y excluyentes estipuladas en el reglamento del Poder Legislativo y la Constitución Política del Perú, descartando la existencia de alguna afectación directa o arbitraria a los derechos fundamentales o al debido proceso alegados por el investigado.
Situación procesal actual
Con este nuevo revés en la vía constitucional, la defensa del legislador de la bancada de Juntos por el Perú agota uno de sus principales recursos preventivos en la justicia ordinaria. Sánchez Palomino deberá continuar afrontando las etapas subsiguientes del proceso penal principal que ventila el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, el cual mantiene vigentes las medidas restrictivas y de comparecencia dictadas originalmente con el propósito de garantizar su sujeción a las investigaciones fiscales de la Nación.


