La resolución aprobada por el ministro de Salud, César Vásquez, establece que tanto boticas como farmacias deberán contar con un stock del 30% obligatorio de los medicamentos genéricos incluidos dentro del listado
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, aprobó el listado de medicamentos esenciales genéricos de venta obligatoria tanto en boticas como farmacias.
La resolución indica que se tra- ta de medidas extraordinarias que buscan garantizar el acceso de los medicamentos genéricos a una mayor parte de la ciudadanía.
«Se resuelve: Aprobar el Listado de medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 005-2024, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar el acceso a medicamentos genéricos a la población, que como Anexo forma parte integrante de la Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud», se puede leer en el documento.
«Las farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud del sector privado están obligadas a ofertar los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional contenidos en el Listado de medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Dicha obligatoriedad se circunscribe a aquellos medicamentos que formen parte de la oferta de medicamentos de marca, no implicando la obligación de ampliar dicha oferta», continúa.
Stock mínimo de 30% de medicamentos genéricos
En dicha resolución se establece que tanto boticas como farmacias deberán contar con un stock del 30% obligatorio de los medicamentos genéricos incluidos dentro del listado.
«Las farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud del sector privado que operan en el país deben mantener disponibles o demostrar la venta y/o adquisición de un stock mínimo mensual del 30% de la oferta total de cada uno de los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional del Listado de medicamentos esencia- les genéricos aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, que se encuentren a la venta», menciona el comunicado que lleva la firma del titular del Minsa, César Vásquez.