Por 60 días calendario
El Poder Ejecutivo prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en los distritos de Manitea, Kimbiri y Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco y en el distrito de Samugari de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho ante la alta incidencia en la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas y otros delitos conexos, perpetrados por organizaciones criminales.
La medida fue oficializada mediante Decreto Supremo No 085- 2025-PCM publicado en el Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La prórroga rige a partir del 22 de junio de 2025 y durante los 60 días que se extienda el estado de emergencia la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas.
Se precisa que la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo No 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y demás normativa vigente sobre el tema.
Durante la vigencia de la prórroga del estado de emergencia se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Se dispone que dentro de los cinco hábiles posteriores al término del estado de emergencia prorrogado, la Policía Nacional debe presentar al Ministerio del Interior un informe detallado de las acciones realizadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos