sábado, diciembre 9, 2023
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La corrupción y crímenes de guerra no podrán ser indultados en El Salvador

Tampoco tendrán derecho al indulto los condenados por homicidio, feminicidio, trata de personas, abuso o violación sexual, lavado de dinero y tráfico de drogas

Una enmienda legal apro­bada este martes por la Asamblea Legislativa de El Salvador deja sin la posibi­lidad de recibir el indulto a los condenados por delitos de corrupción y crímenes de guerra, entre otros.

Con 77 votos de los 84 diputados que forman este órgano del Estado, domina­do por el oficialismo, se reformó la Ley Especial de Ocursos de Gracia, «con el propósito de excluir de los procesos de indulto a las personas condenadas por corrupción, organizaciones terro­ristas, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad, entre otros», informó el Congreso.

«Se debe establecer el catálogo de delitos de los que no se pueda requerir esta gracia por quienes los hayan cometido, con el objeto de evitar su utilización para proteger o liberar personas que hayan cometido conductas delictivas aberrantes», señalaron los legisladores en el decreto aprobado.

Tampoco tendrán derecho al indulto los condenados por homi­cidio, feminicidio, trata de personas, abuso o violación sexual, lavado de dinero y tráfico de drogas.

Los legisladores también estipularon que las solicitudes de in­dulto que se encuentren en trámite «seguirán su curso normal» conforme a la legislación vigente antes de la reforma.

«No pueden gozar de amnistías»

Entre las razones para modificar la citada ley, los diputados apuntaron que tratados internacionales, resoluciones del Siste­ma Interamericano de Derechos Humanos y de la Corte Supre­ma de Justicia señalan que «las amnistías o figuras análogas, como es el indulto, han sido obstáculos» para juzgar «graves violaciones a derechos humanos».

También son contrarias a «la obligación que tiene el Estado de brindar protección y garantía efectiva a las víctimas», por lo que los crímenes de lesa humanidad «no pueden gozar de amnistías, indultos o beneficiarse de causales de responsabilidad penal».

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